La Guardia Civil de la Región de Murcia ha investigado a una conductora que, después de sufrir un accidente de circulación en la carretera RM-552 (Calasparra-RM-532), y ser sometida a la preceptiva prueba de alcoholemia, cuadruplicaba la tasa de alcohol máxima permitida.
A la mujer -de nacionalidad lituana, de 48 años y vecina de Calasparra- le fueron instruidas diligencias como presunta autora de delito de conducir bajo la influencia de bebidas alcohólicas, al superar con creces las tasas establecidas, siendo puesta a disposición del Juzgado de Instrucción número 1 de Caravaca de la Cruz, para la celebración del correspondiente juicio.
La actuación se inició cuando la Central Operativa de Tráfico (COTA) de la Guardia Civil fue alertada de un accidente de circulación ocurrido en la carretera RM-552, por lo que una patrulla de motoristas del Destacamento de Tráfico de Caravaca de la Cruz se desplazó al lugar para verificarlo y, en su caso, atender al conductor e instruir las correspondientes diligencias.
Los agentes hallaron un turismo fuera de la carretera y a la conductora en su interior con evidentes signos de haber ingerido alcohol, por lo que se le practicó la correspondiente prueba de detección alcohólica en la que arrojó sendos resultados de 1,11 y 1,14 miligramos de alcohol por litro de aire espirado, cuadruplicando la tasa máxima permitida que es de 0,25 mg/litro.
Al parecerr, la mujer se desplazaba a su lugar de trabajo desde Calasparra hasta Mula, así como que el accidente se produjo por salida de vía en un tramo recto, sin otros vehículos implicados, quedando el turismo con numerosos daños y la conductora con lesiones leves.
El delito de conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, con tasas superiores a 0,60 miligramos/litro, se encuentra recogido en el artículo 379 del Código Penal y puede ser castigado alternativamente con penas de prisión de 3 a 6 meses, multa de 6 a 12 meses, o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días y en cualquier caso con privación de derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a 1 y hasta 4 años.
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