El Ayuntamiento de Caravaca abre un punto de información sobre la prórroga del Plan de Vivienda 2017

 

 

Desde esta semana y hasta el 25 de julio, el Ayuntamiento de Caravaca de la Cruz pone a disposición de todos los vecinos y comunidades de propietarios un punto de información sobre las ayudas contenidas en el Plan de Vivienda. El servicio se presentará todos los martes, de 09.00 a 14.00 horas, en las dependencias de la Concejalía de Transparencia y Participación Ciudadana, situadas en cuesta del Castillo, número 2.

La prórroga del Plan de Vivienda 2017 permite acceder a una serie de ayudas y subvenciones estatales y autonómicas para alquiler, rehabilitación edificatoria e informe evaluador del edificio. Además de informar de la cuantías de las ayudas disponibles, el técnico responsable de este servicio prestará asesoramiento sobre los procedimientos necesarios para tramitar las solicitudes requeridas.

En el alquiler de viviendas, será objeto de esta ayuda la financiación de parte de la renta a satisfacer por los arrendatarios de las viviendas alquiladas, facilitando el acceso y la permanencia en las mismas a personas físicas pertenecientes a sectores de población con escasos medios económicos, siempre y cuando se cumplan los requisitos exigidos en la orden. Podrán ser beneficiarios de las ayudas, las personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos siguientes:

· Ser titular o estar en condiciones de suscribir un contrato de arrendamiento de vivienda, con mención expresa de su referencia catastral, formalizado en los términos previstos en la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, en calidad de arrendatario, debiendo situarse dicho inmueble en territorio de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

· Que la vivienda arrendada o a arrendar, constituya o vaya a constituir la residencia habitual y permanente del arrendatario, lo que deberá acreditarse.

· Que todas las personas que tengan o vayan a tener su domicilio habitual y permanente en la vivienda arrendada (unidad de convivencia), posean la nacionalidad española, o la de alguno de los estados miembros de la Unión Europea, o se trate de extranjeros no comunitarios con residencia legal en España

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